Hasta agosto, Salud detectó 1.636 niñas embarazadas, 34% después del 5to mes

Leny Chuquimia / La Paz / PÁGINA 7

Nuestro País
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1.11.2021
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Entre enero y agosto de 2021, un total de 1.636 embarazos en niñas menores de 15 años (es decir, de 14 , 13,  11 o mucho menos)  fueron detectados en los diferentes centros de salud del país. Según el Sistema Nacional de Información en Salud (SNIS-VE), el 34,8% de estas gestaciones  infantiles habían pasado el quinto mes, tiempo  que -por  falta de claridad de las leyes- es usado para  retardar o negar una interrupción legal.

“Si hay violación, estupro, incesto y cuando se arriesga la vida o la salud de la mujer, la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) está reconocida. Nos apena  que se sobrepongan otro tipo de decisiones, percepciones individuales y dogmas religiosos sobre una vida   que está en riesgo. Obligar a una niña o motivarla a ser madre es una tortura inimaginable”, indicó la  directora ejecutiva de Católicas por el Derecho a Decidir, Ana Kudelka.

La semana pasada,  se conoció el caso de una niña de Yapacaní  en estado de gestación, fruto de las reiteradas   violaciones por parte del padre de su padrastro. Aunque se determinó la ILE y se inició el proceso, grupos religiosos se contactaron con  la víctima y su familia para frenar  el proceso. La pequeña fue llevada a un albergue dependiente de la Iglesia, en una violación  de sus derechos.

“El caso de Yapacaní ha puesto en evidencia el estado de desprotección en el  que se encuentran  las niñas y adolescentes en el país”, dijo la defensora del Pueblo,  Nadia Cruz. Explicó, que por este caso -considerando la ausencia estatal de instancias de protección- se decidió  solicitar  medidas cautelares ante la CIDH contra el Estado boliviano.

Desde Plan Internacional se sostuvo  que la cifras expuestas muestran que las niñas del país enfrentan una realidad  alarmante. Se advirtió  que,  estadísticamente, en embarazos infantiles aumenta la morbilidad materna.  Además,  trunca los proyectos de vida, el acceso y la conclusión de estudios; genera  exclusión y marginación, lo que  profundiza   las brechas de desigualdad.

Se resaltó la necesidad de cumplir con lo que dicta la Constitución Política del Estado, el Código Niña, Niño y Adolescente y la Sentencia Constitucional 0206/2014, para impedir la imposición de la maternidad en las niñas bolivianas.

La Convención de Belém do Pará -organismo de la OEA para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer-, de la que Bolivia es parte, determina que todos los embarazos de niñas menores de 14 años deben considerarse  producto de violencia sexual. Establece que los Estados tienen la obligación de brindar una atención especializada, investigar las agresiones y garantizar  el acceso  a la interrupción del embarazo infantil.

Datos alarmantes

Según  datos extraídos  del SNIS-VE, hasta agosto pasado, en el país se registraron 1.636 embarazos infantiles. El  dato advierte que, en promedio, cada día hay  siete niñas en estado de gestación, tres más que en 2020, cuando la cifra para similar período  era   de cuatro al día.

De estos casos, 661 (más de un tercio) fueron registrados en el departamento de Santa Cruz, que es la región con la mayor cantidad de embarazos infantiles, que por su naturaleza son  considerados como forzados.    Le siguen  Beni con 326 casos, Cochabamba con 210, La Paz con 158, Chuquisaca con 70, Pando con 68, Potosí con 65, Tarija con  46 y Oruro con 32.

Del total, 531 niñas (32,4%) cumplieron con cuatro controles prenatales, es decir que continuaron con la gestación. En los casos restantes no hubo más controles y se desconoce si las niñas accedieron a una ILE o si acudieron   a un centro clandestino.

Al igual que en el caso de las niñas que continuaron con los controles, no hay datos de cuántas  de las pequeñas dieron a luz, cuántos nacidos   vivos o muertos hubo o cuántas de ellas sobrevivieron al embarazo y parto. El sistema sólo reporta los casos de  adolescentes de 15 a 19 años.

Los datos disponibles  también revelan que otras 112 niñas entre 10 y 14 años llegaron a diferentes centros médicos con hemorragias. Todas presentaban un embarazo dentro de las primeras 22 semanas de gestación y  terminaron en aborto.

Pero no es la única complicación en las pequeñas cuyos cuerpos no están preparados. 53 niñas presentaron una preeclampsia severa, dos una eclampsia y otras dos una sepsis puerperal,  que es un proceso infeccioso grave que ocurre después de un parto, una cesárea o un aborto.

Igual de preocupante es que 21 niñas no sólo dieron positivo a un embarazo, sino que también fueron reactivas a VIH. Otras nueve dieron positivo a sífilis.

La excusa del quinto mes

En abril pasado, desde Sucre se denunció que la  junta médica del Hospital Gíneco-Obstétrico de la región demoró su decisión sobre una ILE en una niña de 12 años, víctima de violación. Mientras se realizaban las reuniones la pequeña pasó las 22 semanas de gestación.

Desde el hospital se argumentó que había  incongruencias en los exámenes médicos y que no sabían si la niña tenía 23 o 26 semanas. Un accionar que se repite en varios centros médicos.

De acuerdo al SNIS-VE el 34,8% de los embarazos infantiles son detectados después del quinto mes de gestación. El avance del embarazo es uno de los argumentos para negar  la ILE. En varios es usado para retrasar el procedimiento hasta que ya no pueda realizarse.

Si bien la Sentencia Constitucional Plurinacional 0206/2014 (que reconoce la legalidad del aborto en casos de violación, incesto, estupro y riesgo para la salud o vida de la mujer) no hace referencia a un límite de tiempo gestacional para practicar la ILE, el Procedimiento Técnico para la Prestación de Servicios de Salud (Ptpss) establece, en su Artículo 4, que la OMS definió al aborto como la pérdida del producto  desde el momento de la implantación hasta alcanzar los 500 gramos o las 22 semanas.

El informe Situación de la Interrupción Legal del Embarazo como derecho humano de las mujeres, publicado por  la Defensoría del Pueblo en 2020, señala que esta definición ocasiona  una interpretación errónea respecto a la edad gestacional para proceder a realizar la ILE. Advierte que esto afecta al derecho de las usuarias de acceder al proceso.

“Ante la falta de claridad sobre este particular, se hace necesario que la Asamblea Legislativa Plurinacional delimite esa edad gestacional para llevar adelante la ILE, a través de una ley de derechos sexuales y  reproductivos que está pendiente”,  advierte.

En julio de 2019, una niña de 12 años en estado de gestación, producto de una violación en una comunidad de Tiquipaya, dio a luz en lugar de tener un aborto. Pese a que sus padres pidieron interrumpir el embarazo en la semana 22, el médico tratante rechazó la solicitud.

Según consta en una denuncia realizada ante la Defensoría del Pueblo de Cochabamba, el doctor reprogramó el procedimiento y trató de disuadir a la familia. La interrupción que debió realizarse en la semana 22 se convirtió en una labor de parto que duró más de 12 horas pasada la semana 24 de gestación.

“La Defensoría del Pueblo evidencia impedimentos para el acceso a la ILE tanto por parte de las instancias estatales, como de los proveedores de salud. (...) En la mayoría de los casos, el personal médico trata de influir para que continúen con el embarazo no deseado o les niegan la ILE, situaciones que provocan angustia, dolor, sufrimiento y revictimización” afirma el documento.

Lupe Pérez, de la Campaña 28 de Septiembre y el Pacto por la Despenalización del Aborto, afirmó que esto es   común en el Hospital Percy Boland donde se atendió a la niña de Yapacaní.


Fiscalía  atendió 1.531 violaciones  a NNA

La violencia contra la niñez, y en especial contra las niñas, no cesa. Según las estadísticas de la Fiscalía General de Estado, desde el 1 de  enero hasta  11 de agosto de 2021, esta instancia   atendió 1.531 casos de violación a niños, niñas y adolescentes de todo el país.

En concordancia con las cifras de embarazos en niñas de hasta 14 años,  Santa Cruz también es el departamento  que más casos de violaciones presenta. En total se registraron 494 casos en los que las víctimas no sólo eran  niñas, sino también niños y adolescentes.

La cifra es baja, si se considera que sólo por los embarazos de las pequeñas en esta región, dicha  instancia debió haber recibido más de 600 denuncias. Es la muestra de  un subregistro de agresiones sexuales que no son denunciadas y permanecen escondidas e impunes.  

Lo  mismo sucede en el resto del país donde los casos llegan a  260 en La Paz, 223 en Cochabamba, 153 en Beni, 123 en Chuquisaca, 109 en Potosí, 83 en Tarija, 44 en Pando y 42 en Oruro.

Asimismo, los casos de estupro en todo el país llegan a 1.167 en total. Según el detalle 463 casos pertenecen al departamento de Santa Cruz, 245 a La Paz, 197 a Cochabamba, 68 a Beni, 65 a Potosí, 54 a Chuquisaca, 37 a Tarija, 25 a Oruro y 13 a Pando.

Cabe resaltar que las cifras expuesta en este reportaje corresponden sólo a los casos que son captados por el sistema de salud o que son denunciados ante el Ministerio Público. Gran parte de los casos se ocultan  en cifras negras.


¿Qué dice la  206/2014 sobre el aborto?

La Sentencia  206/2014 establece que la mujer (niña, adolescente o adulta) podrá acceder a un aborto legal y seguro cuando el embarazo sea producto de: violación, incesto (cuando el violador es un familiar cercano), estupro (cuando la víctima es menor de edad) y cuando como resultado del embarazo, su vida o salud corra peligro.

Establece que  para acceder a la interrupción legal del embarazo sólo se requiere   presentar la denuncia de la violación y el consentimiento de la víctima. “No será exigible la presentación de una querella, ni la existencia de imputación y/o acusación formal”.

La Sentencia no establece un límite al tiempo de gestación. Sin embargo,  la OMS  define al aborto como la terminación de la gestación hasta las 22 semanas; esta falta de claridad es una falencia.

Se aclara que el médico puede argumentar la objeción de conciencia, pero que ésta es una decisión personal y de ninguna manera  institucional. Los proveedores que manifiesten su impedimento para realizar estos procedimientos deben comunicarlo inmediatamente al jefe de servicio o director para que ellos garanticen    la interrupción del embarazo  dentro de las  24 horas, para  cumplir con  el carácter obligatorio de la sentencia.

El director o jefe de servicio, en calidad de representante legal del servicio de salud, bajo ninguna circunstancia podrá argumentar objeción de conciencia.

El incumplimiento en la prestación del servicio acarrea responsabilidad civil, penal y administrativa.

1.636
embarazos en niñas menores de 15 años
fueron detectados

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