Obligar a parir es tortura: el debate sobre el aborto en Bolivia

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2.11.2021
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En Bolivia, la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) es un hecho desde el año 2017, cuando se reformó el Código del Sistema Penal y se incorporaron causales para realizar abortos no punibles: en caso de que el embarazo sea producto de una violación, estupro o incesto, o si implica riesgo de vida de la persona gestante.

En los últimos días se conoció el caso de una niña boliviana de 11 años que decidió acceder a un aborto, que era el resultado de la violencia sexual que ejerció su abuelastro durante varios meses. Sin embargo, la Iglesia Católica bloqueó el acceso a la ILE, convenciendo a la niña y a su madre de que continúen con el embarazo. La niña, que lleva 21 semanas de gestación, había tomado el primer comprimido para abortar médicamente, pero no siguió con el procedimiento. El hecho sucedió en el municipio de Yapacaní, en el departamento de Santa Cruz.

“No se puede obligar a nadie a realizar abortos, ni siquiera ante la gravedad de la violencia sexual, porque el aborto en Bolivia es un delito”, había expresado la Conferencia Episcopal de Bolivia (CEB). La Organización de las Naciones Unidas, por su parte, confirmó que someter a una niña a un embarazo forzado está “calificado como tortura”, por lo que instó “a las autoridades a intensificar los esfuerzos para la protección de los derechos de las niñas víctimas de violencia sexual y de embarazos forzados”.

Según la CEB, “ambas vidas merecen y deben ser protegidas”, ya que “el aborto sigue siendo un delito en Bolivia y no existe una interrupción legal del embarazo. Cuidar y proteger la vida es una obligación de todos”. Este argumento fue desmentido por la Defensoría del Pueblo, que ratificó que la modificación del Código Penal “marca un hito importante en el ejercicio de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes, estableciendo causales para la interrupción de un embarazo, entre ellas la violación, incesto, estupro o exista riesgo de salud”.

“Hay algo que la Iglesia Católica tampoco está midiendo: la crisis posparto en mujeres en general existe y afecta emocional y psicológicamente a las mujeres, pero en una niña de 11 años es mucho peor”, dijo la Defensora del Pueblo de la localidad, Nadia Cruz, a The Associated Press.

El último viernes, militantes feministas se movilizaron en las puertas de la CEB para rechazar la intromisión de la iglesia sobre los cuerpos de las mujeres, utilizando los clásicos pañuelos verdes, símbolo de los movimientos a favor de la legalización del aborto en todo el continente y el mundo.

Ante estas acciones, la CEB anunció que emprenderá acciones legales, basándose en una presunta “afectación a la libertad religiosa”. “Esto raya mucho más allá del ejercicio de una libertad de expresión, raya mucho más allá en el ejercicio de la libertad de reunión que están garantizados en la propia Constitución, porque también se tiene que decir: hay una afectación a lo que significa la libertad religiosa que está garantizada como un derecho”, indicó Carlos Busch, integrante del Equipo Jurídico de la Comisión.

A través de un comunicado, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) señaló que “Bolivia registra una de las tasas más altas de embarazo adolescente en la región que, según el Fondo de Población de Naciones Unidas, es de 88 por cada 100 habitantes entre 15 y 19 años, en tanto que el promedio regional es de 70”, y que “por su parte, de acuerdo con cifras del Ministerio de Salud, entre enero y julio de 2021 se registraron 22.221 embarazos de adolescentes, con una proyección de aumento para el segundo semestre del año”.

Además, en el país andino “una de cada tres niñas sufre alguna forma de violencia sexual antes de los 18 años; y según los datos de la Fiscalía especializada en delitos de género y juvenil se reportaron 561 casos de violación contra niñas, niños y adolescentes, hasta abril de 2021”.

Por eso, instaron “al Estado de Bolivia a desempeñar su mayor esfuerzo para erradicar la violencia contra las mujeres, niñas y adolescentes, fortaleciendo las instancias de la ruta de atención oportuna y adecuada y garantizando el acceso oportuno y adecuado a los servicios de salud e información, en cumplimiento de su normativa interna y los tratados internacionales”.

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